Con la firma de la Orden Ejecutiva 2021-017, el Gobierno de Puerto Rico permite la re-apertura “gradual y parcial” de las Escuelas del Sistema Público y Privado en Puerto Rico, sujeto al cumplimiento de protocolos establecidos por parte de los Departamentos de Educación y Salud, abriendo así un sinnúmero de exposiciones de carácter financieros para Colegios y Universidades, que deben de ser atendidas.
¿Qué análisis han hecho para identificar los riesgos que generará dicha reapertura, y las consecuencias fiscales y legales para todos los involucrados?
Relacionado al ámbito de seguros, existen al menos dos riesgos principales para estas organizaciones como consecuencia de dicha apertura, y la posibilidad de gastos, reclamaciones y/o demandas como consecuencia de contagios por COVID-19, atribuibles durante el tiempo de clases:
- Riesgos asociados con los gastos de limpieza y sanitación de predios, una vez se registra un contagio.
- Posibles reclamaciones y/o demandas por parte de maestros, estudiantes, padres y/o familiares como consecuencia de contagio por COVID-19.
Los programas de seguros en Puerto Rico, excepto algunos manuscritos, incluyen dos formas mandatorias, las cuales excluyen cubierta como consecuencia de Virus y/o Bacterias como el COVID-19:
- Bajo la Sección de Propiedad se incluye la forma ISO CP 0140, “Loss due to Virus or Bacteria”, la cual especifica que aplica para “todas las cubiertas, formas y endosos que comprenden esta Sección de Cubierta” y establece que la aseguradora NO pagará por daños o reclamación causada por, o como resultado de, cualquier virus, bacterias u otros microorganismos que induzcan o sean capaces de inducir daño físico o enfermedad. De hecho, la propia forma indica además que esta exclusión sustituye o reemplaza cualquier exclusión relacionada a contaminantes. (Elimina la limitación de cubierta bajo la forma CP 0010, “Building and Personal Property Coverage Form”, que provee hasta US$10,000 para la limpieza de contaminantes de un predio asegurado, luego de un accidente cubierto)
- Bajo Responsabilidad Civil existen dos formas, la ISO CG 2167, “Fungi or Bacteria Exclusion” y el endoso de “Communicable Disease Exclusion”. La primera excluye todo daño físico (“bodily injury”) y a propiedad (“property damage”) relacionado a bacterias, mientras que la exclusión de “Communicable Disease” aplica también para daño físico, daño a la propiedad o por publicación (“advertising injury”). Importante, ambas exclusiones bajo Responsabilidad Civil NO mencionan reclamaciones por Gastos Médicos.
El “Acuerdo de Cubierta” bajo la forma ISO CG 0001, “Commercial General Liability Coverage Form” especifica que cubre Daños Corporales “to which this insurance applies”, mientras que dicha condición NO es incluida bajo la Cubierta C - Gastos Médicos, solo especifica el pago de aquellos gastos como consecuencia de Daño Corporal, por un accidente, hasta el límite cubierto, generalmente US$5,000.
Aunque existe un programa de seguro No-Convencional para Pandemias, el mismo NO esta accesible en estos momentos para atender casos relacionados a COVID-19.
Existen dos formas en que se puede enfrentar este problema en la actualidad:
- Seguros: Multinational Life Insurance Company ofrece un Programa de COVID Protect que provee cubiertas limitadas por muerte (US$5,000), hospitalización (hasta US$100 diarios, y/o reclusión en unidad de cuidado (hasta US$3,000) para participantes descritos bajo un programa individual o grupal.
- Manejo de Riesgo: Solicitud al Estado, por parte de las diferentes Asociaciones Estudiantiles, la inclusión por Ordenanza o Legislación, de algún tipo de Inmunidad Legal para los Colegios Públicos y Privados que hayan cumplido con los protocolos establecidos, y que aun así experimenten contagios en sus planteles.
En Marsh Saldaña estamos listos y contamos con los recursos y el interés para ayudarles en todos los aspectos relacionados a los procesos de Manejo de Riesgos e implementación de Programas de Seguros para sus operaciones.